Unión Aduanera Centroamericana
La Unión Aduanera Centroamericana nace en el marco del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito en 1960 por El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

Dicho tratado fue ratificado por Costa Rica, mediante la Ley N° 3140 del 29 de julio de 1963, publicada en la Gaceta N° 206 del 12 de setiembre de 1963 y publicado íntegramente mediante la Ley N° 3150 del 13 de setiembre de 1963, en la Gaceta N° 207 del 13 de setiembre de 1963.
En 1991, se suscribe el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), por parte de los cinco países de Centroamérica y Panamá, con la intención de actualizar el marco jurídico de esta Organización, readecuándola a la realidad y necesidades del momento, buscando establecer y consolidar el SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA, (SICA), que dará seguimiento a todas las decisiones adoptadas en las Reuniones de Presidentes y coordinará su ejecución.
El 12 de diciembre del 2007, reunidos en Ciudad de Guatemala, los presidentes de los países centroamericanos firmaron el CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTODE LA UNIÓN ADUANERA CENTROAMERICANA (pendiente de aprobación por parte de los congresos centroamericanos)
Con el proyecto de la Unión Aduanera y la creación de un territorio aduanero común se pretende lograr:

- La libre movilidad de mercancías, independientemente de su origen, una vez internadas en cualquier país miembro.
- Libre comercio de servicios, especialmente aquellos asociados al comercio de bienes.
- Administración aduanera común.
- Mecanismo de recaudación, administración y distribución de los ingresos tributarios.
- Política comercial externa común.
- Normativa comercial uniforme.
- Reconocimiento mutuo de registros.
Siendo uno de los objetivos la existencia de una normativa comercial uniforme se ha creado una estructura de estudio de los reglamentos técnicos centroamericanos, la cual esta conformada por El Grupo de Registros, que a su vez se divide en una serie de subgrupos, dedicados cada uno de ellos a una materia diferente, aprobados los reglamentos en el seno de estos subgrupos se remiten al Subgrupo de Medidas de Normalización, el cual se encarga de aprobar las propuestas para su entrada en vigencia dentro del territorio de los países que forman la Unión Aduanera:
- Subgrupo de Alimentos y Bebidas
- Subgrupo de Medicamentos y Productos Afines
- Subgrupo de Medidas de Normalización
- Subgrupo de Hidrocarburos
- Subgrupo de Insumos Agropecuarios
- Subgrupo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Para accesar a las notificaciones internacionales, haga uso del siguiente vínculo: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/tbt_s/tbt_s.htm#notifications
Para facilitar la participación de la industria en este proceso, los usuarios de Reglatec pueden inscribirse en el nuevo Sistema Automático de Notificaciones a su disposición en el siguiente link: http://www.meic.go.cr/notificaciones/
Más información
Lorem Ipsum is simply dummy text of the printing and typesetting industry.